Análisis de la normativa sobre productos fitosanitarios y la protección de la salud
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Palabras clave

producto fitosanitario
sustancias activas
CLP
clasificación y etiquetado
evaluación del riesgo
protección de la salud
uso sostenible
ECHA
EFSA
armonización

Cómo citar

Herrera Sebastián, A. (2019). Análisis de la normativa sobre productos fitosanitarios y la protección de la salud. Revista De Salud Ambiental, 19(1), 62–76. Recuperado a partir de https://www.ojs.diffundit.com/index.php/rsa/article/view/950

Resumen

La comercialización, utilización y control de los productos fitosanitarios está regulada a nivel comunitario y exige el cumplimiento previo de una amplia y compleja normativa. La finalidad de estas normas es garantizar un nivel elevado de protección de la salud humana, animal y del medio ambiente y mejorar el funcionamiento del mercado interior mediante la armonización de la reglamentación sobre comercialización de productos fitosanitarios, a la vez que se mejora la producción agrícola.

El objeto del presente artículo es el de analizar las repercusiones de la puesta en marcha de la normativa comunitaria sobre la evaluación toxicológica de los productos fitosanitarios y dar a conocer el grado actual de armonización. Para ello, se examina la normativa relacionada con los criterios de evaluación toxicológica y los requisitos que deben cumplir los productos fitosanitarios antes de ser puestos en el mercado para que su uso sea seguro. También se describe el procedimiento de evaluación de estos productos y las competencias a nivel nacional y europeo.

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Citas

Real Decreto 3349/1983, de 30 de noviembre por el que sea prueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la fabricación, comercialización y utilización de plaguicidas. BOE no 20, de 24 de enero.

Directiva 91/414/CEE del Consejo, de 15 de julio de 1991, relativa a la comercialización de productos fitosanitarios, se establecen normas que regulan los productos fitosanitarios y las sustancias activas contenidas en los mismos. DO L 230, de 19 de agosto.

Real Decreto 2163/1994, de 4 de noviembre, por el que se implanta el sistema armonizado comunitario de autorización para comercializar y utilizar productos fitosanitarios. BOE no 276, de 18 de noviembre.

Reglamento (CE) no 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, relativo a la comercialización de productos fitosanitarios y por el que se derogan Directivas 79/117/CEE y 91/414/CEE del Consejo. DO L 309, de 24 de noviembre.

Directiva 2009/128/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de octubre de 2009 por la que se establece el marco de actuación comunitaria para conseguir un uso sostenible de los plaguicidas. DO L 309, de 24 de noviembre.

Reglamento (CE) no 1185/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 noviembre de 2009 relativo a las estadísticas de plaguicidas. DO L 324, de 10 de diciembre.

Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios. BOE no 223, de 15 de septiembre.

Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa al Programa General de Acción de la Unión en materia de Medio Ambiente hasta 2020 «Vivir bien, respetando los límites de nuestro planeta» (VII PMA). DO L 354 de 28.12.2013, p. 171.

Reglamento de ejecución (UE) no 540/2011 de la Comisión de 25 de mayo de 2011 por el que se aplica el Reglamento (CE) no 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la lista de sustancias activas autorizadas. DO L 153, de 11 de junio.

Reglamento (UE) no 283/2013 de la Comisión de 1 de marzo de 2013 que establece los requisitos sobre datos aplicables a las sustancias activas, de conformidad con el Reglamento (CE) no 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la comercialización de productos fitosanitarios. DO L 93, de 3 de abril.

Reglamento (UE) no 284/2013 de la Comisión, de 1 de marzo de 2013, que establece los requisitos sobre datos aplicables a los productos fitosanitarios, de conformidad con el Reglamento (CE) no 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la comercialización de productos fitosanitarios. DO L 93, de 3 de abril.

Reglamento (UE) no 546/2011 de la Comisión, de 10 de junio de 2011, por el que se aplica el Reglamento (CE) No 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los principios uniformes para la evaluación y autorización de los productos fitosanitarios. DO L 155, de 11 de junio.

Reglamento (UE) no 547/2011 de la Comisión de 8 de junio de 2011 por el que se aplica el Reglamento (CE) no 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a los requisitos de etiquetado de los productos fitosanitarios. DO L 155, de 11 de junio.

Reglamento de ejecución (UE) no 844/2012 de la Comisión de 18 de septiembre de 2012 por el que se establecen las disposiciones necesarias para la aplicación del procedimiento de renovación de las sustancias activas de conformidad con el Reglamento (CE) no 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la comercialización de productos fitosanitarios. DO L 252, de 19 de septiembre.

Reglamento de ejecución (UE) no 2015/1475 de la Comisión de 27 de agosto de 2015 que modifica el Reglamento (UE) no 284/2013 por lo que respecta a las medidas transitorias que se aplican a los procedimientos relativos a los productos fitosanitarios. DO L 225, de 28 de agosto.

Reglamento (CE) no 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de febrero de 2005 relativo a los límites máximos de residuos de plaguicidas en alimentos y piensos de origen vegetal y animal y que modifica la Directiva 91/414/CEE del Consejo. DO L 70, de 16 de marzo.

Real Decreto 971/2014, de 21 de noviembre, por el que se regula el procedimiento de evaluación de productos fitosanitarios. BOE no 292, de 3 de diciembre.

Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de sanidad vegetal. BOE no 279, de 21 de noviembre.

Reglamento (CE) no 1272/2008 (CLP) del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas, y por el que se modifican y derogan las Directivas 67/548/CEE y 1999/45/CE y se modifica el Reglamento (CE) no 1907/2006. DO L 353, de 31 de diciembre.

Real Decreto 1047/2018, de 24 de agosto, desarrolla la estructura básica del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social y se modifica el Real Decreto 595/2018, de 22 de junio, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales. BOE no 206, de 25 de agosto.

Reglamento (UE) 2018/605 de la Comisión de 19 de abril de 2018 por el que se modifica el anexo II del Reglamento (CE) no 1107/2009 al establecer criterios científicos para la determinación de las propiedades de alteración endocrina. DO L 101, de 20 de abril.

Reglamento (CE) no 178/2002 del parlamento europeo y del Consejo de 28 de enero de 2002, por el que se establecen los principios y los requisitos generales de la legislación alimentaria, y se fijan procedimientos relativos a la seguridad alimentaria. DO L 31, de 1 de febrero.

Reglamento (CE) no 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de diciembre de 2006, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos (REACH), por el que se crea la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos. DO L 396, de 30 de diciembre.

Reglamento de ejecución (UE) no 686/2012 de la Comisión de 26 de julio de 2012 por el que se asigna a los Estados miembros, a efectos del procedimiento de renovación, la evaluación de sustancias activas cuya aprobación expira como muy tarde el 31 de diciembre de 2018. DO L 200, de 27 de julio.

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